Resolución de la Inspección de Trabajo: Caso de Permiso Retribuido en Prosegur

 

En una reciente resolución emitida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, se ha determinado que la empresa Prosegur Soluciones Integrales de Seguridad España S.L., deberá abonar un día de permiso retribuido al trabajador. Este derecho fue inicialmente denegado por la empresa, argumentando que las circunstancias presentadas no coincidían con el turno laboral del empleado.


El caso se centra en un permiso solicitado por el trabajador debido a un ingreso hospitalario de urgencia de su padre el 30 de octubre de 2023. A pesar de que el alta médica ocurrió en la madrugada del 31 de octubre, Prosegur alegó que no existía justificación para el ausentismo durante el turno de ese día, ya que el trabajador iniciaba su turno de trabajo el 31 de octubre de 2023 de 6:00h a 14:00h. 

No obstante, la Inspección de Trabajo concluyó que el derecho al descanso mínimo entre jornadas estipulado en el convenio colectivo, justifica la ausencia laboral recomendando su regularización inmediata en la nómina.

Este fallo subraya la importancia de respetar los derechos laborales en situaciones de fuerza mayor y urgencias familiares, según lo estipulado en el artículo 37.9 del Estatuto de los Trabajadores.


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